martes, 5 de enero de 2010

Modelo teórico – metodológico de evaluación de los programas con infractores de ley, de Paulo Villatoro et al

Hay documentos que se citan pero son difíciles de hallar. El que hoy adjunto pertenece a esa difusa categoría. Constituyó, en su momento, la base de las Orientaciones Técnicas pre Ley Nº 20.084, fue la matriz en la que se basó una serie de 3 evaluaciones de los centros y programas para infractores. Una de ellas tristemente célebre por una pregunta mal formulada (¿se maltrata, abusa o tortura -ese tipo de gruesas categorías- en su centro o programa?) y luego The Clinic le dió cobertura a la respuesta.

En fin. Hace unos tres años organicé unos talleres para debatir la construcción de un sistema de reinserción social, que tuvieron alta convocatoria, y donde Pablo Villatoro relató dificultades y presiones (él ocupó esa expresión) de parte de su contraparte, que enfrentó al realizar este trabajo y las dos primera evaluaciones (la tercera se entregró a un equipo de la Universidad de Chile).
Hice de investigador en este trabajo, pero en verdad mi rol fue muy menor, y se debió a que el estudio fue entregado al Hogar de Cristo y yo trabajaba, por entonces, allí; de hecho, no suelo ponerlo en mi cv.

Actualización (respuesta  los comentarios): El trabajo es público y su autor no tiene derecho a impedir la publicación de un documento que el estado le contrató y por el que le pagó.
Yo no sé si recibió o no las presiones. Sólo cuento en este post lo que habló Villatoro durante ese taller. Lamentablemente, la grabación de la actividad se extravió y no es posible contrastarla sino con el recuerdo de otros participantes que coinciden en los juicios que desarrolló el autor, delante de las máximas autoridades de Sename de la época..
No hay ninguna razón para que me abstenga de utilizar los calificativos que me parezcan porque de eso }se trata este blog. de opinar y argumentar. Lee mal Villatoro ya que con la expresión "tristemente célebre" no aludo a este documento como puede comprobarse leyendo, sine ira et studio, el primer párrafo.
Que las preguntas hayan sido validadas por su contraparte no las mejora. Sólo ofrece razones. Yo las juzga pobres. Una pregunta de tanta ambiguedad y extensión, era y es, abiertamente inútil y poco fiable metodológicamente hablando. Su efecto fue que todo el circuito de programas quedo bajo la sombra de maltratadores. Poco le importa ese punto al autor. Justamente por ese tiempo (el 2001-2002) , y Villatoro lo sabia, habíamos trabajado en la unidad jurídica del hogar en un estudio sobre violencia y sistema de menores, en conjunto con la UDP, y contábamos con abundante información empírica sobre dónde había focos de riesgo de maltrato y dónde no. Una aseveración tan al voleo fue irresponsable y poco rigurosa.
Tan poco serio como los comentarios tardíos del autor.

VILLATORO ET AL Modelo de Evaluacion de Los Programas Con Infra